Riesgo, margen y asignación
Una posición en opciones genera exposición tanto a cambios en el valor del contrato como a las operaciones exigidas por el ejercicio o la asignación. Su pérdida máxima al vencimiento, sus requisitos de garantías y los fondos necesarios para comprar acciones son medidas diferentes. Una estrategia puede tener una pérdida finita según su resultado al vencimiento y, aun así, requerir mucho más efectivo o capacidad de cuenta para mantener las acciones resultantes de la liquidación.
Exposición económica y requisitos de la cuenta
La pérdida de una opción comprada en sí se limita a la prima. La financiación añade costos de endeudamiento, y el ejercicio puede sustituir la opción por una exposición diferente. Según las reglas de margen basadas en estrategias, las compras de opciones de corto plazo sobre acciones y ETF generalmente deben pagarse íntegramente, mientras que algunas compras admisibles de mayor plazo pueden financiarse. La disponibilidad de financiación depende de las reglas aplicables y de las condiciones de cuenta del intermediario.
Una opción vendida crea una obligación cuyo valor cambia con el mercado. Si la opción se encarece, recomprarla cuesta más y el resultado no realizado del vendedor empeora. Una call descubierta no tiene una pérdida máxima finita cuando sube el subyacente. Una put vendida sobre acciones o ETF tiene una pérdida finita, aunque potencialmente importante, con un precio del subyacente de cero, igual al precio de ejercicio menos la prima por acción.
El margen es el efectivo o los valores admisibles exigidos para respaldar una posición en una cuenta de intermediación. En una opción vendida, garantiza la obligación potencial; no es el precio de compra de la opción ni un límite de pérdida. Los requisitos basados en estrategias reconocen compensaciones especificadas, incluidas las opciones de protección admisibles en spreads. Los sistemas de margen de cartera evalúan grupos de posiciones admisibles en distintos escenarios de precios.
Los intermediarios pueden imponer requisitos propios superiores a los mínimos regulatorios. Las garantías comprometidas en posiciones existentes reducen el poder de compra disponible, y un cambio de requisitos puede reducir la capacidad de mantener esas posiciones o abrir otras. Por tanto, el riesgo de mercado y el de financiación pueden intensificarse conjuntamente.
Insuficiencias de margen y liquidación de posiciones
Puede surgir una insuficiencia porque una posición pierde valor, disminuye el valor de las garantías o el intermediario eleva sus requisitos. Cubrirla puede exigir efectivo o valores adicionales, reducir posiciones o combinar estas medidas. Un intermediario puede liquidar activos sin contactar antes con el cliente y puede elegir qué activos vender. Por ello, el resultado previsto al vencimiento puede no llegar a materializarse porque la posición se cierre antes.
Asignación e importe de la operación en acciones
La asignación de una put vendida con entrega física compra acciones al precio de ejercicio; la asignación de una call vendida las vende a ese precio. Un vendedor de calls sin acciones disponibles para entregar puede quedar con una posición corta en acciones. La cuenta debe poder respaldar la compra, entrega o posición corta resultante con independencia de la prima de apertura de la opción.
Supóngase que SPY cotiza a $750 y que un spread tiene 45 días restantes. La posición vende una put con precio de ejercicio de $750 por $16 por acción y compra una put de $725 por $6.50. Cada contrato abarca 100 acciones. Por tanto, el crédito de apertura es de $9.50 por acción, o $950.
A $725 o menos al vencimiento, la put comprada compensa cualquier aumento adicional del valor de la put vendida. La pérdida máxima al vencimiento es la distancia de $25 entre los precios de ejercicio menos el crédito de $9.50:
No obstante, la asignación de la put con precio de ejercicio de $750 genera un pago bruto mucho mayor:
Los $75,000 se intercambian por 100 acciones de SPY; no constituyen por sí solos una pérdida económica de $75,000. El valor de las acciones y de la put que sigue vigente debe incluirse en la valoración de la posición. El efectivo o margen necesario para mantener esa combinación depende de la cuenta y del intermediario. El ejemplo muestra por qué la pérdida máxima de un spread no describe suficientemente sus necesidades de financiación para la liquidación.
Protección tras una asignación anticipada
Tras una asignación anticipada, la put con precio de ejercicio de $725 sigue abierta y proporciona el derecho a vender las acciones adquiridas a $725 durante su período de ejercicio. La cuenta pasa a mantener acciones y una put en lugar del spread original de dos opciones. La protección económica frente a las caídas se conserva mientras la put se mantenga y pueda utilizarse, aunque la posición puede generar costos de financiación y transacción.
Ejercer la put comprada vende esas acciones a $725. Una alternativa consiste en vender tanto las acciones como la put a los precios disponibles en el mercado, lo que puede recuperar el valor temporal restante. La put comprada requiere su propia operación o instrucción de ejercicio; no se utiliza automáticamente porque se haya asignado la put vendida.
La protección no se extiende más allá de su plazo. Supóngase que SPY termina en $735, la put vendida con precio de ejercicio de $750 se asigna y la put de $725 vence sin ejercerse. Las acciones adquiridas valen $15 por acción menos que su precio de compra. Tras el crédito de apertura de $9.50, la pérdida económica es de $5.50 por acción, o $550.
Si se conservan esas acciones y SPY cae después de $735 a $700, la caída posterior añade una pérdida de $3,500 en las acciones. El resultado combinado pasa a ser una pérdida de $4,050, superior al antiguo límite al vencimiento del spread de $1,550. No hay contradicción: la pérdida posterior procede de una posición en acciones mantenida después de que haya terminado la opción de protección.
Riesgo de asignación incierta e incertidumbre sobre el ejercicio
Cuando el subyacente está cerca de un precio de ejercicio al vencimiento, el desenlace final del ejercicio y la asignación puede seguir siendo incierto. Los titulares pueden presentar instrucciones de ejercicio o de no ejercicio en respuesta a cambios de precio posteriores al cierre antes del límite de su intermediario. Un vendedor puede no conocer el resultado de la asignación hasta que haya pasado la oportunidad de ejercer una opción de protección. Esta es una forma de riesgo de asignación incierta al vencimiento.
Por tanto, no puede suponerse que los tramos de un spread se liquiden como una única operación indivisible. Un tramo puede ejercerse o asignarse mientras otro queda sin utilizar. Las acciones resultantes requieren una consideración independiente de la financiación y de la exposición posterior al mercado, aunque el resultado original de las opciones tuviera una pérdida definida.
Liquidez y riesgo de ejecución
El costo de reducir una posición depende de los precios y cantidades disponibles, no solo del precio de referencia mostrado. Un diferencial amplio entre compra y venta o una profundidad limitada pueden empeorar el resultado realizado frente a una valoración al punto medio. Cerrar primero una opción de protección también deja la opción vendida restante con un riesgo distinto hasta que se cierre.
Una orden limitada compleja electrónica resuelve la secuencia de las operaciones en opciones al mantener la proporción especificada en cada conjunto ejecutado y restringir el precio neto de ejecución. No garantiza una ejecución completa: algunos o todos los conjuntos pueden seguir abiertos. Tampoco la apertura o el cierre conjuntos convierten las opciones independientes en un solo contrato a efectos de ejercicio y asignación.